DECISIÓN
En merito a los razonamientos que anteceden este Tribunal de Primera Instancia de la Sección de adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida en Funciones de Juicio, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, a favor de: IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con los artículos 285 numeral 4° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 568 y 650 literal "c" de ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes, y una vez firme procédase a librar oficio al DEPARTAMENTO DE ASESORÍA JURIDICA, del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas a NIVEL CENTRAL, para que ingrese la información al sistema y procédase al archivo de las presentes actuaciones, en la oportunidad que se formen los legajos.
LA JUEZ EN FUNCIONES DE JUICIO N° 01.
ABG. YOLY CARRERO MORE
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