Se declaró LA NULIDAD de la providencia contenida en la parte in fine del auto de fecha 8 de marzo de 2010, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, así como también la nulidad de las demás actuaciones procesales subsiguientes. En consecuencia, se decretó LA REPOSICIÓN de la misma al estado en que se encontraba para la prenombrada fecha. En virtud del carácter repositorio de la presente sentencia, no se hizo especial pronunciamiento sobre costas.