Este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de CONVERSION EN DIVORCIO DE LA SEPARACION DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO formulada por los ciudadanos ANDRES RAMIREZ VILLARREAL Y JUANA ANTONIA CAMACHO SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, casados, agricultor y de oficios del hogar, titulares de las cédulas de identidad números V- 6.700.011 y V- 10.912.683, en su orden respectivo y civilmente hábiles; en consecuencia y por efecto de tal pronunciamiento, se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre dichos ciudadanos anteriormente identificados, celebrado por ante el REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA LA VENTA MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO MERIDA, en fecha 24 de Julio de 2010, según acta signada bajo el N° 02.