PRIMERO: Tomando en consideración los alegatos del Ministerio Público como de la Defensa, consideran quienes aquí deciden que no quedó demostrada la Culpabilidad de la hoy Acusada ANA ELIZABETH VILLASMIL GONZÁLEZ, por el delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, a través de la valoración de las pruebas presentadas en el debate de Juicio Oral y Público, las cuales constituyen las declaraciones de los ciudadanos Funcionario Gonzalo Antonio Contreras Molina, Experta Mavely Coromoto Contreras Salazar y las ciudadanas Ana Isabel Rangel Briceño, Claudia Rocío Bautista Jaimes y Aiza Magredis Maldonao, el acervo probatorio, que lleva a la parte cognoscitiva de este Tribunal Mixto, a concluir la inocencia y por ende la inculpabilidad de la aquí acusada, por cuanto que a través de los elementos de convicción no se logró establecer la responsabilidad y culpabilidad de la misma, evidenciándose de lo expuesto por el funcionario Gonzalo Antonio Contreras Mol.....