DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la INHIBICIÓN planteada por la ciudadana FRANCINA M. RODULFO ARRIA, venezolana, mayor de edad, Abogada y Politóloga, titular de la cédula de identidad Nº V.- 7.965.743, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 48.257, en su condición de JUEZ TITULAR DEL JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, CONTRA: el abogado KAMIL SAAB SAAB, de conformidad con el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: En virtud de la declaratoria anterior, y de conformidad con el Artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, deberá continuar conociendo de la causa, en la cual se suscitó la presente Inhibición, un tribunal de igual categoría y competencia para lo cual deberán ser pasados los autos a los fines del conocimiento del asunto.
TERCERO: Como consecuencia, remítase con oficio las presentes actuaciones al Juez Inhibido, es decir, al JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTO.....