se abrió de pleno derecho el lapso probatorio de ocho (8) días de despacho contemplado en el artículo 246 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, para lo cual sólo la abogada JHOSSELYN CAROLINA AMAYA FERNANDEZ, en su carácter de Defensora Pública Agraria Nº 01 de la Extensión de la Unidad de Defensa Pública El Vigía del Estado Mérida, previo requerimiento expreso de los ciudadanos MARIOLY ERNESTINA MORA DE ARJONA, HILDER DESIO MORA RAMIREZ, ANA YOBELI MORA DE CARRERO, ZAIDA INMACULADA MORA DE ALCEDO y ELENA RAMIREZ DE MORA, promovió en el lapso legal correspondiente las pruebas que consideró convenientes alegar a los derechos e intereses de sus representados, mediante escrito de solicitud presentado en fecha 16 de septiembre de 2011 (folios 1 al 12), las cuales fueron:
PRIMERA: Acta de comparecencia de los ciudadanos MARIOLY ERNESTINA MORA DE ARJONA, HILDER EDESIO MORA RAMIREZ, ANA YOBELI MORA DE CARRERO, ZAIDA INMACULADA MORA DE ALCEDO y ELENA RAMIREZ DE MORA, ante la defensa p.....