Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre: 1.- El 50% del área producto de la integración de las dos (2) parcelas unificadas tiene una superficie de mil trescientos veinte metros con veinte centímetros cuadrados (1.320,20 mts) comprendidas dentro de los siguientes linderos coordenadas y medidas particulares. NORTE: Punto D, coordenadas: Norte: 1174442.043. Este: 734735.460, en cuarenta y cuatro con treinta y siete metros centímetros (44,37 mts) con las parcelas 4 y 5 del bloque 17; SUR. Punto B, coordenadas: Norte: 1174387.562. Este: 734726.813 en cuarenta metros (40,00 mts) con la Avenida principal de la urbanización Los Corales. ESTE: Punto A, coordenadas: Norte: 1174415.320. Este: 734755.489, en treinta y tres con cuarenta y siete centímetros (33,47 mts) con la parcela 1 del bloque 18; OESTE. Punto C, coordenada: Norte 1174409.561, Este: 734705.313, en treinta con setenta y seis centímetros (30,76 mts) con la parcela 4 del bloque 18, todo de conformidad con el Plano Topográ.....