Se declaró SIN LUGAR la apelación interpuesta el 10 de diciembre de 2015, por la coapoderada judicial de la parte actora, contra la decisión dictada el 26 de octubre del citado año, por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, en el juicio seguido por el apelante en contra de los ciudadanos LUIS FERNANDO GARAY y ANA GLORIA MARÍN PÉREZ, por acción reivindicatoria, mediante la cual dicho Tribunal, declaró con lugar la defensa de fondo, respecto a la falta de cualidad e interés de la parte actora para intentar la presente demanda y de la parte demandada para sostener el presente juicio y en consecuencia declaró inadmisible la demanda por acción reivindicatoria interpuesta.