En consecuencia, vistas las consideraciones anteriormente hechas este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por mandato de la Constitución y por autoridad de la Ley y de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: Únicos y Universales Herederos, de la causante YANIME MARILIN ASTORGA, a sus hijos los ciudadanos RICARDO JOSÉ PUENTES ASTORGA, venezolano, mayor de edad, soltero, cedulado con el Nro. 23.041.681, según se evidencia de acta de nacimiento emitida por el Registro Civil de la Parroquia Rómulo Betancourt, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, signada con el numero 286, folio 373, año 1993, certificada en fecha 15 de septiembre de 2009; RONALD JOSÉ PUESTES ASTORGA, venezolano, mayor de.....