DISPOSITIVA
Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariana de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Mandato de la Constitución y por la Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio, efectuada por los ciudadanos JACQUELINE CHACÓN CONTRERAS venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 11.216.025, domiciliada en la Urbanización la Pedregosa Bubuqui II torre 12 apartamento 01-01 Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y JOSÉ GREGORIO MONTERO BENITEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 10.899.467. EN CONSECUENCIA: Se declara disuelto el vinculo matrimonial que los une, por virtud del Matrimonio Civil contraído e.....