"...este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Rangel y Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, declara CON LUGAR el divorcio solicitado por los ciudadanos Paulino Acacio Santiago Becerra y Magalys Del Carmen Camacho Valero, plenamente identificados en autos, declarándose por consiguiente DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 19 de enero de 1980, ante la Primera Autoridad Civil de la parroquia Las Piedras, municipio Cardenal Quintero del estado Mérida, según consta en copia certificada del acta de matrimonio nº 2, librada al efecto. Así se declara..."