Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Mérida, sede El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Se homologa el acuerdo alcanzado por las partes, en los términos expuestos, impartiéndosele el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en consecuencia cúmplase en la forma y el lapso acordado.
SEGUNDO: Una vez quede firme la presente decisión, y que conste en autos el cumplimiento total de lo acordado se ordena el cierre y archivo del expediente y su remisión al archivo judicial, para su guarda y custodia.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo