Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, extensión El Vigía, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA LA LIBERTAD que venía disfrutando el imputado JONATHAN DAVID ANGARITA MARTÍNEZ venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-24.551.174, natural del Vigía Estado Mérida , nacido en fecha 28-01-1992, soltero, de 23 años de edad, ocupación u oficio comerciante, tercer año de educación básica aprobado, hijo de María Martínez Aragón (v), y de Neftali Segundo Angarita (f),domiciliado en Mucujepe vía Panamericana, Sector Caño Jabón c/n paredes blancas y rejas azules ,cerca de la licorería denominada sin nombre, Parroquia Héctor Amable Mora, Municipio Alberto Adriani, en su lugar, procede a decretarle una medida de privación judicial preventiva de libertad, por presumir seriamente que la voluntad de dicho imputado, es .....