CAPÍTULO V
DECISIÓN
En vista de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio 185, en aplicación de la sentencia Nroº 1.070 de fechas 09/12/2016, emanada de la Sala de Casación Civil, interpuesta por e ciudadano Rafael Arcangel Osuna Colmenares, plenamente identificado en autos, y en consecuencia, se declara: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos GUTIERREZ ARAQUE ENDER JESUS Y DALTA NAVA YORLENI, que los unía y que contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia Matriz del Municipio Campo Elias del Estado Bolivariano de Mérida, en fecha 09 de diciembre de 2.010, según acta Nº90;. Así se decide.
Publíquese, regístrese, comuníquese notifíquese y déjese copia certificada de la misma para el ar.....