Se declaró LA NULIDAD del auto dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de Tovar, mediante el cual admitió en ambos efectos la apelación interpuesta por el coapoderado judicial de la parte querellante, contra la sentencia definitiva de fecha 25 de marzo de 2009, proferida por el mencionado Tribunal. Se decretó LA REPOSICIÓN de la causa al estado en que se encontraba para el 15 de mayo de 2009, a fin de que el referido Juzgado, proceda a admitir tal apelación en un solo efecto. No se hizo especial pronunciamiento sobre costas.