SE declara HOMOLOGADA LA PARTICION Y LIQUIDACION AMISTOSA DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, presentada por los ciudadanos JOSUE RAMIREZ ARELLANO Y ADRIANA LISETH PIÑEROS CAMARGO, venezolanos, mayores de edad, divorciados, ingeniero el primero, comerciante la segunda, titulares de la cédula de identidad No. 9.390.843 y 11.224.038, domiciliados en la ciudad de El vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, de conformidad con el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil y como consecuencia de ello adquiere el carácter de cosa juzgada.