Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , DECLARA: PRIMERO: de conformidad con el criterio jurisprudencial establecido por el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, sobre la institución del divorcio en Sentencia Nº 446, de fecha 15 de mayo de 2014, Expediente 14-0094, Magistrado Ponente: Arcadio De Jesús Delgado Rosales, y Sentencia Nº 693, de fecha 02 de junio de 2015, Expediente 12-1163, Magistrada Ponente: Carmen Zuleta De Merchán; Tribunal Supremo de justicia en Sala Plena en Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, así como el contenido del artículo 185 del Código Civil Vigente, INADMISIBLE la demanda de Divorcio hecha por la Ciudadana MARIZOL ANTONIA NELO, venezolana, mayor de edad, .....