Por tanto, este Tribunal pasa a verificar la etapa procesal en que se encuentran los expedientes a acumular, siendo el signado bajo el Nº 3494, donde mediante auto de fecha 17 de julio de 2017 (folio 350, segunda pieza), se encuentra fijada audiencia preliminar para el día MIERCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017 A LAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 a.m.); y el signado con el Nº 3498 en espera de que se fije la audiencia preliminar.
A tal efecto, constatando que el caso de autos no se encuentra inmerso en los supuestos prohibitivos de acumulación de causas previstos en el artículo 81 del Código de Procedimiento Civil se ordena la acumulación solicitada, incorporando la causa 3498 a la causa 3494, con sus respectivos cuadernos, ordenándose la correspondiente corrección de foliatura. Asimismo, se deja sin efecto el auto dictado en fecha 17 de julio de 2017, mediante el cual se fijó la audiencia preliminar; y así se decide.