En base a las consideraciones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA 1) LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, a favor del acusado JESÚS MANUEL PARRA MOLINA, venezolano, nacido en fecha 06-04-69, de 34 años de edad, obrero, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 10.903.233, hijo de Antonio Ramón Parra y Ana Dolores Molina, residenciado en el Sector Los Limones, casa N° 05, Tovar, Estado Mérida o en el Corozo, parte Alta, calle 02, puerta de color negro, propiedad de José Dolores Molina. Tovar, Estado Mérida, por el lapso de UN (01) AÑO. 2) Enviar copia certificada junto con oficio a la Unidad Técnica de Apoyo Penitenciario N° 01, de esta ciudad de Mérida. 3) Decreta el Sobreseimiento de la causa a favor del acusado por la comisión del delito de Porte Ilícto de Arma Blanca, de conformidad con el artículo.....