Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,  DECLARA IMPROCEDENTE el Recurso de revisión interpuesta por la ciudadana  Abogado MARIA ISABEL ODUBER CAMACHO, en su condición de Defensora  Pública Suplente  Décima Quinta   Penal Ordinario en Fase de Ejecución  de Sentencia, adscrita a la Unidad de Defensa Pública  del Estado Mérida,  y como tal defensora de los  penados  MANUEL JOSE MERCADO ROJAS y NOEL DE JESUS ROJAS ROJAS, contra la sentencia condenatoria dictada en fecha 09 de Abril del 2012, por el Juzgado  Primero de Primera Instancia en Funciones de Control  del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida a tenor de lo establecido en el artículo 470 del Código Orgánico Procesal Penal. 
Cópiese, publíquese y regístrese, notifíquese,  remítanse las actuaciones en su oportunidad legal.