DISPOSITIVA
En consecuencia este tribunal en nombre de la República y por Autoridad de la Ley decide: se declara con lugar la solicitud de calificación de aprehensión por flagrancia. Cuyo hecho fue precalificado como ACTOS LASCIVOS de conformidad con en el artículo 45 ley Orgánica de los Derechos a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en contra del adolescente antes identificado y sancionado en el artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. b) Decreta medida cautelar "no" privativa de libertad de conformidad con el artículo 582 letra "f" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Se ordena la apertura de de actuaciones complementarias para el seguimiento de la medida cautelar, con copia del acta de la audiencia y del presente auto. c) Se acuerda el procedimiento ordinario, remítase las actuaciones a la fiscalia del Ministerio Público. Se acuerda la Excarcelación de la sospechosa antes identificado, líbrese la.....