"...este Juzgado de los Municipios Rangel y Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, acuerda: PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada por el abogado Francisco José Sánchez Gómez, Apoderado Judicial de los ciudadanos Richard Ramón Montilla Montilla y Maritza Bautista Rubio, por las consideraciones ut supra. Así se decide..."