Por los razonamientos antes expuestos, ESTE TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 02 DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Decreta la extinción de la acción penal de conformidad con el artículo 49 numeral 7 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del imputado : ARGENIS ANTONIO RIVERA VILLAREAL identificado en actas, por la presunta comisión del delito de : PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 112 de La ley para el Desarme, Control de Armas y Municiones, en perjuicio del orden público. Segundo: En mérito a las consideraciones que anteceden, y por las cuales la ciudadano: ARGENIS ANTONIO RIVERA VILLAREAL identificado en actas, se sobresee la causa, dé conformidad con lo previsto en los artículos 300 numeral 3 y 361 del Dec.....