Por los razonamientos expuestos, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO REGIMEN COMO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY . DECLARA:
PRIMERO: HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, Celebrada por el coapoderado de la parte demandante SOFIA LOBO PEÑA y él abogado de la parte demandada JUAN VICENTE MALDONADO GUERRERO, con el carácter acreditado en autos por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales.
SEGUNDO: Da por concluido el presente proceso de conformidad con lo previsto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.
TERCERO: Cosa juzgada en este juicio.
CUARTO: El tribunal se abstiene del cierre y del archivo del expediente hasta tanto conste en autos el pago total de la obligación.