este Juzgado de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede a decidir de conformidad con el artículo 177 del Código Orgánico Procesal Penal de la siguiente manera: PRIMERO: DECRETA la Aprehensión en Flagrancia del ciudadano LINO BERTO ORTEGA HERNÁNDEZ. SEGUNDO: Se acuerda a solicitud del Ministerio Público seguir el presente proceso, por el PROCEDIMIENTO ORDINARIO, por cuanto faltan diligencias que practicar de conformidad con el Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se acuerda remitir las actuaciones una vez transcurra el lapso legal. TERCERO: En cuanto a la medida cautelar sustitutiva de la privación de libertad, solicitada por la Fiscalía Sexta del Ministerio Público a la cual se adhiere la defensa, a favor del investigado LINO BERTO ORTEGA HERNÁNDEZ, ya identificado, este Tribunal le impone las medidas consistentes en .....