DISPOSITIVA LP11-P-2010-002862
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control N° 4 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida a LUÍS GERARDO RONDÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.020.903, residenciado en la Urbanización Bubuquí V, vereda 3, Casa N° 5, El Vigía Estado Mérida, y a SAIRA COROMOTO GARCÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.021.962, residenciado en la Urbanización Bubuquí III, Bloque 11 Apartamento 01-02, El Vigía Estado Mérida por el delito de PECULADO, previsto y sancionado en artículo 58 de la derogada Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público, vigente para el momento de los hechos, de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 48 Ordinal 8vo Ejusdem y Artículo 102 de la derogada Ley Orgán.....