DECISIÓN
Por todo lo expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se admiten parcialmente la acusación presentada por el representante de la Fiscalía Décima Cuarta del Ministerio Público, en contra de los acusados CLOROBALDO ARAUJO VERGARA, titular de la cédula de identidad N° V.- 18.149.640 y YUSMEIRA JOSEFINA SUESCUN PARRA, titular de la cédula de identidad N° V.- 18.618.094, para el primero de los mencionados, la comisión del delito de Abuso Sexual con Penetración en Niño, previsto y sancionado en el artículo 259 primer y segundo aparte de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio del niño C.E.A.S., mientras que, para la segunda de los nombrados, la comisión del delito Comisión por Omisión del delito de Abuso Sexual con Penetraci.....