En consecuencia, el Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Primero: Acuerda con lugar la suspensión condicional de proceso, por el lapso de un (1) año en la presente causa seguida al ciudadano NÉSTOR ALFONSO MORENO APOLINAR (identificado en autos); Segundo: Impone al acusado NÉSTOR ALFONSO MORENO APOLINAR (identificado en autos), las condiciones siguientes: 1) Mantener un empleo estable que le proporcione medios lícitos de de vida para su manutención personal y familiar; 2) Mantener un domicilio determinado en la jurisdicción del Estado Mérida, caso de modificación participarlo al Tribunal y/o Delegado de Prueba; 3) Someterse a la supervisión y orientación del Delegado de Prueba de la Unidad de Tratamiento No Institucional del Ministerio de Interior y Justicia, con sede en el Palacio de Justicia de la Ciud.....