Dispositiva:
Por todo lo anteriormente señalado, este Tribunal de Ejecución Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda la suspensión condicional de la ejecución de la pena, a favor de Mayra Alejandra Rondón Arias, titular de la cédula de identidad N° 13.099.535, suspensión que se acuerda por el lapso de un (1) año, once (11) meses y diecisiete (17) días, el cual comenzará a transcurrir a partir de la fecha de imposición de esta decisión, la cual se dicta de conformidad con los artículos 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal.
Cítese a la penada para imponerla sobre el contenido de esta decisión, el día martes diez de febrero de dos mil nueve (10.02.2009), a las ocho y treinta de la mañana (08:30 a.m), para que suscriba el acta de compromiso y se le haga entrega de copia certificada de esta decisión. Ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario N° 01 del Mérida es.....