Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Primero:de tal manera, el Tribunal aprecia como base a tales esbozos que en el presente caso, la precalificación realizada por el Ministerio Publico en cuanto al tipo penal de Extorsión, previsto en el articulo 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio de los ciudadanos Oscar Alfonso Quiñones Peña y Heide Johana Moreno Contreras, resulta perfectamente procedente y por ende el Tribunal comparte tal precalificación jurídica. Así pues, se declara sin lugar los alegatos de la Defensa en cuanto a la precalificación jurídica. Segun.....