"...este Tribunal Segundo de municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y al principio constitucional de TUTELA JUDICIAL EFECTIVA, contenido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, resuelve: DECLARAR a los ciudadanos JUANA DEL CARMEN GUILLEN DE SANCHEZ, ROSIO DEL VALLE SANCHEZ GUILLEN Y OSCAR ALEJANDRO SANCHEZ GUILLEN, en su carácter de conyuge la primera e hijos los demas del hoy de cujus JULIAN OSCAR SANCHEZ GUILLE , venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 3.499.251, 12.350.278 y 11.465.124 en su orden, en su carácter de conyuge la primera e hijos los demas del hoy de cujus JULIAN OSCAR SANCHEZ GUILLEN, como sus ÚNICOS.....