Por los razonamientos antes expuestos, Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida, Extensión El Vigía. Con Sede Territorial en el Municipio Alberto Adriani, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: El SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a ALPIDIO MANUEL CHAVARRI, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, cometido en perjuicio de JOSE GREGORIO PERNIA CONTRERAS, conforme a lo previsto en el artículo 300.3 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que ha operado la prescripción ordinaria para perseguir el delito y en virtud que se encuentra ajustada a derecho la solicitud planteada por la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida.
Se deja expresa constancia que este Tribunal respetó los Derechos y Garantías Constitucionales, así como los tratados, acuerd.....