Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, actuando con fundamento en su Libre Convicción, basado en el Principio de la Sana Critica y tomando en cuenta especialmente Las Reglas de la Lógica, Las Máximas de Experiencia y Los Conocimientos Científicos, tal como lo exige el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 348 del Código Adjetivo Penal, en concordancia con el artículo 253 de la Constitución de la República, DECRETA: Primero: Procediendo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 348 del Código Orgánico Procesal Penal, ABSUELVE al acusado WILMER ARBELIO MOLINA BRAVO, titular de la cedula N° V-10.901.141, venezolano nacido en fecha 05-03-1974, de 49 años de edad, de estado civil soltero, de grado de instrucción Universi.....