Por decisión de ésta misma fecha con apego a lo dispuesto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se ACORDÓ elaborar Cómputo Actualizado para verificar el cumplimiento de pena del penado YOENDRY ALEJANDRO NOGUERA CARRERO, haciendo del conocimiento que el cómputo actualizado es hasta el día 30/03/2011, teniendo un tiempo de pena cumplida sin redención de un (01) año, once (11) meses y diecisiete (17) días; y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, le falta por cumplir la pena de DOS (02) AÑOS, SEIS (06) MESES y TRECE (13) DÍAS, la cual terminará de cumplir el día TRECE (13) DE OCTUBRE DE DOS MIL TRECE (2013) AL FINALIZAR EL DÍA.-