Se declaró CON LUGAR la solicitud de interdicción del ciudadano NUMA NELSÓN BRICEÑO, formulada en fecha 21 de febrero de 2005, ante el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por el ciudadano NESTOR ANTONIO SALAS BRICEÑO. Como consecuencia del |pronunciamiento anterior, se decretó la INTERDICCIÓN DEFINITIVA del ciudadano NUMA NELSÓN BRICEÑO, con todas las consecuencias legales que dicha declaratoria implica.