ADMITE LA ACCIÓN CIVIL DE REPARACIÓN DE DAÑOS Y LA INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS interpuesta por el ciudadano CARLOS CESAR PRIETO IZARRA, representado por el ABG. ALLEN PEÑA RANGEL, apoderado judicial, en contra del penado JORGE EVELIO UZCÁTEGUI RODRÍGUEZ, por cumplir con los condiciones de procedibilidad y de admisibilidad previstos en los Artículos 413 y 414, respectivamente del Código Orgánico Procesal Penal, y con los requisitos establecidos en el artículo 416 ejusdem