se declara de manera oficiosa la FALTA DE CUALIDAD ACTIVA de los ciudadanos OLIVIA RIVAS DE ZOGHBE, NAYIB ZOGBI, NADIA ZOGHBE y TERESA ZOGHBE, y por tanto, resulta forzoso para este Tribunal declarar SIN LUGAR la demanda de mérito, lo cual se declarará en la parte dispositiva de esta decisión ASÍ SE DECIDE.-
IV
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la pretensión de desalojo de inmueble, propuesta por la profesional del derecho MILAGROS PADILLA MÉNDEZ, cedulada con el Nro. 10.039.181, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nro. 63.773, actuando con el carácter de apoderada judicial de la sucesión ZOGHBE, contra los ciudadanos MARITZA PABÓN GONZÁLEZ, EDILIA .....