"...este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Rangel y Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la rectificación del acta de nacimiento de la ciudadana María Nacari Salcedo Lobo, solicitada plenamente identificada en autos; en tal sentido, ordena que se rectifique el error mencionado en el término siguiente: Donde se lee "José Eleuterio Salcedo y María Rosalina Lobo debe leerse: "JOSÉ ELEUTERIO SALCEDO ESPINOZA" y MARIA LINA LOBO SANCHEZ" como real y legalmente corresponde. Así se decide..."