los accionantes en amparo denuncian los actos perturbatorios por los cuales fueron desalojados del inmueble de forma arbitraria por parte del ciudadano FREDDY JHANDERIER VELOZ MOLERO, tal y como lo señalan en su escrito libelar, donde manifiestan ser ocupantes de la habitación suficientemente identificada ut supra. Así las cosas, considera este Sentenciador que la parte accionante, cuenta con los procedimientos interdictales, los cuales según sostiene la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, ostentan preferencia ante las acciones de amparo constitucional, especialmente cuando el propio tratamiento del procedimiento interdictal restitutorio se caracteriza por ser breve, eficaz y expedito, resguardando la protección del querellante por hechos como desposesión y desalojos arbitrarios, emanados de los particulares, tal y como es descrito en el caso de marras por los aquí accionantes en amparo constitucional