En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 604 del Código de Procedimiento Civil, ordena abrir CUADERNO SEPARADO DE MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, donde se decidirá sobre la procedencia o no de la misma. Dicho cuaderno deberá estar conformado por copia certificada del libelo de la demanda y del presente auto que lo acuerda