DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Se Dicta Orden de Aprehensión a la penada DIANA CAROLINA GUILLEN RONDON, titular de la cedula de identidad Nº V- 31.622.529, residenciada en Jose Martí, segunda calle, casa 107, teléfono: 0416-077-1982, sentenciada a TRECE (13) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley contenidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el articulo 6 numerales 1, 2, 3, 10 y 11 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD, previsto y sancionado en el artículo 174 del Código penal y AGAVILLAMIENTO, previs.....