En base de los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY,de conformidad con los artículos 471 numeral 1, 474 y 488 del Código Orgánico Procesal Penal, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara que el ciudadano DARLEY YAIR LOPEZ MORA, (antes identificado) ha cumplido hasta la presente fecha: siete (07) años, un (1) mes y once (11) días de prisión que se le computan como pena efectivamente cumplida sin redención (no constan), Y por cuanto fue condenado a cumplir la pena de cumplir la pena DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, le falta por cumplir, dos (02) años, diez (10) meses y diecinueve (19) días que finaliza el día 19/03/2027. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 488 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgán.....