Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacón de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, con sede en esta ciudad de Tovar, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CON LUGAR la inhibición formulada por el abogada LUCIO ENRIQUE VERA JAIMES, en su carácter de Juez Temporal del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacón de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 93 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal continuará conociendo del proceso. De conformidad con lo establecido en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil y en cumplimiento de lo establecido en la Sentencia vinculante N° 1175 de la Sala Const.....