PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTRANJERO, requerida por la ciudadana ALCIONE ESMERALDA GUERRERO DÍAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.341.330, pasaporte venezolano Nº 136895204, domiciliada en la urbanización San José Sur, avenida Ezzio Valeri, casa Katy, parroquia Mariano Picón Salas, municipio Libertador del estado Bolivariano del Mérida, y civilmente hábil, a favor de sus hijos, el adolescente MATEO CAMPAGNARO GUERRERO, de catorce (14) años de edad, F.N.:04/12/2010, titular de la cédula de identidad N° V-33.918.967, pasaporte venezolano N° 166162642 y la niña HELENA CAMPAGNARO GUERRERO, de diez (10) años de edad, F.N.: 28/06/2015, titular de la cédula de identidad N° V-36.570.178, pasaporte venezolano N° 185421438.