PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICION realizada en fecha 16 de Julio del 2.012 por el Abogado CIRO ANTONIO LOPEZ, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandada, contra la medida preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Tribunal en fecha 12 de julio del 2.012.
SEGUNDO: Se confirma la medida de prohibición de enajenar y gravar, decretada por este Tribunal en fecha 12 de julio de 2012, solicitada por la parte demandante.