aceptando la declinatoria de competencia por el territorio para conocer y decidir la presente solicitud, efectuada mediante decisión de fecha 18 de enero de 2012, por el Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, con sede en Barinas, lo cual fue ratificado por la Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, mediante decisión de fecha 23 de mayo de 2012 y, en consecuencia, se avoca al conocimiento de este proceso. De consiguiente, désele entrada con la nomenclatura particular asignadas por este Tribunal a las solicitudes y el curso de Ley correspondiente. Ofíciese lo conducente al Tribunal declinante. Se advierte a las partes que, de conformidad con la segunda parte del artículo 353 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 75 eiusdem, disposiciones estas que resultan aplicables a este proceso por la remisión que el artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en el terc.....