Este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA, CON LUGAR la solicitud de conversión en DIVORCIO, de la presente separación de cuerpos por mutuo consentimiento interpuesta por los ciudadanos, JESÚS ALÍ PÉREZ PEÑA e ISABEL TERESA VIVAS CALDERÓN venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, titulares de las cédulas de identidad números V-11.463.850 y V-11.952.550 en su orden, domiciliados en la ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, debidamente asistidos por el abogado RAÚL ALBERTO SANGUINO CÁRDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-3.073.297, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 52.667, de éste domicilio y jurídicamente hábil de conformidad con el Artículo 185, primer y segundo aparte del Código Civil, como consecuencia de tal pronunciamiento, que.....