Este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.- DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil, la solicitud formulada por los ciudadanos JESUS ARGENIS LOBO Y MARIA ELISA RIVERA ARAUJO, venezolanos, mayores de edad, comerciantes, titulares de las cédulas de identidad números V-14.023.724 y V-16.883.733, en su orden respectivo, domiciliados el primero, en la Calle José María España casa s/n, de esta población de Timotes parroquia Capital del Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida y la segunda domiciliada en el Sector las Playitas III, casa s/n, de esta población de Timotes Parroquia Capital del Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, en consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre dichos ciudadanos anteriormente identificados, celebrado por ante la PREFECTURA CIVIL DEL MUNICIPIO MIRANDA D.....