En consecuencia, se ordena como lugar donde el penado José Gregorio Quintero Montoya, deberá cumplir su condena, en el Centro Penitenciario de la Región Los Andes, ubicado en San Juan de Lagunillas del Estado Mérida. Hágase el cómputo de Pena correspondiente, de conformidad con lo establecido en los artículos 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal. A tal efecto, se observa que el penado José Gregorio Quintero Montoya, fue detenido el 31-12-2003, permaneciendo en tales circunstancias hasta el día de hoy, 30-08-2004, por un lapso de OCHO (08) MESES, que se tiene como tiempo de pena cumplida; y como fue condenada a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y NUEVE (09) DIAS DE PRISIÓN, le falta un remanente de pena por cumplir de CINCO (05) AÑOS, OCHO (08) MESES Y NUEVE (09) DIAS, la cual cumplirá salvo algún beneficio el nueve de Mayo del dos mil diez (09-05-2010), al finalizar el día (12:00m). ________________________________________
Advierte este Tribunal, qu.....