HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio convenido entre las partes y en consecuencia acuerda LA SUSPENSIÓN DEL PROCESO A PRUEBA por el lapso de dos (2) meses contados a partir de la presente fecha, el cual finalizará el 30 de octubre de 2004, momento en el cual el Ministerio Público deberá solicitar el sobreseimiento definitivo de la causa o en caso de cumplimiento de las obligaciones pactadas, en caso contrario se reanudará el proceso.
En razón a lo anterior el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA. ART. 545 LOPNA), se comprometió a cumplir las siguientes obligaciones:
1) El adolescente se compromete a no acercarse ni tener comunicación con las víctimas, ni sus padres. En caso de incumplimiento de esta obligación las victimas deberán notificar al Ministerio Público.
2) El adolescente se compromete a cumplir una labor social con una duración de 40 horas en total, por el lapso de duración de la suspensión. A tales fines la trabajadora social adscrita a esta sección adolescencial, fijará las.....